Milei envió un proyecto que acota el beneficio tarifario a la región Patagónica y la Puna. Si se aprueba, impactará en toda la provincia.
El presidente Javier Milei envió a la Cámara de Diputados un proyecto para recortar los beneficios que el régimen de zona fría establece para la tarifa de gas. El mandatario avanzó con esta medida, que impacta en Junín, pocas horas después de anunciar un refuerzo de los subsidios a un segmento de los consumidores durante el mes de mayo.
El proyecto acota la “zona fría” a la Patagonia, la Puna y el departamento mendocino de Malargüe. Estas eran las regiones alcanzadas por los descuentos de 50% hasta 2021. Ese año, el régimen se amplió a localidades de Mendoza, San Juan, San Luis, Salta, Santa Fe, Córdoba, La Rioja, Salta, Tucumán y Catamarca, además de cincuenta municipios de la provincia de Buenos Aires con clima frío o templado-frío.
En esa reforma, el Congreso había extendido el criterio de zona fría a partir de parámetros bioambientales, llevando el número de beneficiarios de 950.000 a 4 millones de hogares, casi la mitad de los usuarios residenciales con acceso a gas por red.
El crecimiento de los beneficiarios, dijo el actual gobierno, tensionó el fondo fiduciario creado para sostener el régimen. Recientemente el presidente le dio nuevas facultades al ministro de Economía, Luis Caputo, para poder aumentar el recargo que lo financia.
Los fundamentos
El texto enviado al Parlamento recoge la impugnación libertaria a aquella extensión del beneficio a de zona fría a regiones sin condiciones climáticas equivalentes. “Incrementó significativamente el universo de beneficiarios, el costo fiscal del régimen y la magnitud de subsidios cruzados entre jurisdicciones”, señala.
Los fundamentos de la iniciativa apelan a la necesidad de “conciliar el régimen de zona fría con el nuevo sistema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF)”. Es decir que, de aprobarse, en las zonas beneficiadas se apilarían los dos beneficios, mientras que para el resto de las localidades los subsidios solo serán para quienes registran ingresos netos por el grupo familiar inferiores o iguales al valor de tres Canastas Básicas Totales para un “Hogar 2”, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).


