Esta semana se cumplió el 81° aniversario del Decreto 1740/45, que consagró el derecho al descanso pago para los trabajadores argentinos. Es importante recordar: el descanso no es negociable. 📢
La norma es clara. El empleador tiene la obligación de otorgar las vacaciones en tiempo y forma, notificarlas con anticipación y pagar la remuneración antes de que el descanso comience. No hacerlo es incumplir la ley. 👨🏻⚖️
👉🏻El espíritu del decreto es proteger al trabajador frente a prácticas abusivas: vacaciones postergadas, pagos fuera de término o “acuerdos” que terminan perjudicándolo. ✖️
En un contexto donde muchos derechos se ven amenazados, con una reforma laboral que busca imponer el fraccionamiento de las vacaciones en bloques de 7 días afectando la naturaleza jurídica de las vacaciones, exigir el cumplimiento de la ley también es una forma de defender el trabajo digno 🙌🏻
.
.
📱 Consultas al 2364572227
⚖️ Juan Ignacio Iudica


