martes, julio 21, 2026
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El Gobierno fijó sobre qué parte del sueldo se pueden aplicar los aportes sindicales

El Gobierno modificó este lunes la forma en la que se calculan los aportes y contribuciones que los trabajadores realizan a los sindicatos. A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, se precisó qué partes del salario deben tomarse en cuenta para aplicar estos descuentos y reafirmó el destino específico que deberán tener esos fondos administrados por las asociaciones gremiales.

El Decreto 612/2026, firmado por el presidente Javier Milei, la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el jefe de Gabinete, Diego Santilli, incorpora un nuevo párrafo a la normativa que regula la actividad. El texto oficial establece que la base de cálculo para los aportes sindicales solo comprenderá el salario básico de convenio correspondiente a la categoría del trabajador, junto con las sumas remunerativas que se paguen de forma normal, habitual y todos los meses.

Con esta precisión,la nueva reglamentación deja afuera del descuento sindical a todos los ingresos extraordinarios o que no sean de cobro mensual. Según se detalla, quedan excluidos de la retención conceptos como los premios, los bonos, la participación en las ganancias de la empresa y las horas extras.

Tampoco se podrán aplicar descuentos gremiales sobre el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), el plus vacacional ni sobre cualquier otra suma de carácter no remunerativo.

Este cambio reglamentario actúa como un complemento de la Reforma Laboral, formalmente conocida como Ley de Modernización Laboral 27.802, sancionada en febrero de este año. Esa legislación había fijado por primera vez un tope del 2% para las llamadas “cuotas solidarias”, que son los aportes que se les descuentan de manera obligatoria a todos los trabajadores de una actividad, estén o no afiliados al sindicato.

Durante el debate de esa ley, el Gobierno había aceptado fijar ese límite tras ceder a la presión de la central obrera para no eliminar las cuotas por completo: la eliminación total era parte del proyecto inicial, pero se cayó luego de las negociaciones.

Lo mismo ocurrió con la rebaja de Ganancias a grandes empresas, lo cual afectaba a la coparticipación que reciben las provincias, la posibilidad de cobrar salarios en billeteras virtuales, algo que atentaba contra los bancos tradicionales y la obligatoriedad de los aportes a las cámaras empresarias. El Gobierno negoció y logró sacar la Ley.

Si bien el reciente decreto no modifica ese tope del 2%, su impacto económico es directo. Al restringir los conceptos salariales sobre los que se puede aplicar el porcentaje y dejar afuera rubros clave de los recibos de sueldo, el Poder Ejecutivo recorta en los hechos el monto final que los sindicatos pueden recaudar por esta vía.

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